Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de 7 de abril de 2026, sobre modificación de la Ordenanza reguladora del Uso de Puntos de Recarga para vehículos eléctricos del Ayuntamiento de Miajadas (Cáceres), cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL USO DE PUNTOS DE RECARGA PARA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS DEL AYUNTAMIENTO DE MIAJADAS (CÁCERES).
1. Modificación del artículo 4.3. Tiempo máximo de recarga. Se propone ajustar el redactado para establecer el límite de gratuidad, quedando de la siguiente manera:
“El tiempo máximo de recarga se establece con carácter general en cuatro horas.
Para este periodo, la sesión de carga pasará a ser de pago conforme a las tarifas vigentes. El acceso y pago del servicio se realizará exclusivamente a través de la pasarela de pago habilitada en la plataforma digital (Web o App), siendo el cargo en cuenta justificante suficiente de la transacción realizada. A partir de las cuatro horas de uso, o, en su caso, del momento en que el vehículo haya completado su carga, se aplicará una penalización adicional de 0,02 €/min”.
2. Adición de una disposición sobre el Coste del Servicio. Se introduce la obligación del pago vinculado a la energía consumida:
“Disposición adicional. La utilización de los puntos de recarga devengará el pago del precio público regulado en la Ordenanza Fiscal específica, fijándose una tarifa de 0,20 €/kW”.
3. Se añade al Artículo 8.1. Faltas leves:
“No retirar el vehículo transcurrido el tiempo máximo de recarga establecido en esta ordenanza”.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Miajadas, 1 de junio de 2026
Antonio Díaz Alías
ALCALDE-PRESIDENTE
Last modified: 02/06/2026
